Recital 91
Habida cuenta de la naturaleza de los sistemas de IA y de los riesgos para la seguridad y los derechos fundamentales que puede conllevar su utilización, incluida la necesidad de garantizar una supervisión adecuada del funcionamiento de un sistema de IA en un entorno real, conviene establecer responsabilidades específicas para los responsables del despliegue. En particular, los responsables del despliegue deben adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar que utilizan los sistemas de IA de alto riesgo de conformidad con las instrucciones de uso, y deben establecerse otras obligaciones en relación con la supervisión del funcionamiento de los sistemas de IA y con el mantenimiento de registros, según proceda. Además, los responsables del despliegue deben garantizar que las personas asignadas para aplicar las instrucciones de uso y la supervisión humana establecidas en el presente Reglamento tengan la competencia necesaria, en particular un nivel adecuado de conocimientos de IA, formación y autoridad para desempeñar correctamente esas tareas. Estas obligaciones deben entenderse sin perjuicio de otras obligaciones de los responsables del despliegue en relación con los sistemas de IA de alto riesgo en virtud del Derecho de la Unión o nacional.
El presente considerando se refiere a
Artículo 26: Obligaciones de los implantadores de sistemas de IA de alto riesgo