AI Act LogoLey de Inteligencia Artificial

Recital 40

De conformidad con el artículo 6 bis del Protocolo nº 21 sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al TUE y al TFUE, Irlanda no está vinculada por las normas establecidas en el artículo 5, apartado 1, párrafo primero, letra g), en la medida en que se aplica a la utilización de sistemas de categorización biométrica para actividades en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal, el artículo 5, apartado 1, párrafo primero, letra d), en la medida en que se aplica a la utilización de los sistemas de IA contemplados en dicha disposición, el artículo 5, apartado 1, párrafo primero, letra h), el artículo 5, apartados 2 a 6, y el artículo 26, apartado 10, del presente Reglamento adoptado sobre la base del artículo 16 del TFUE, que se refieren al tratamiento de datos personales por los Estados miembros en el ejercicio de actividades comprendidas en el ámbito de aplicación del capítulo 4 o del capítulo 5 del título V de la tercera parte del TFUE, cuando Irlanda no esté vinculada por las normas que regulan las formas de cooperación judicial en materia penal o de cooperación policial que exigen el cumplimiento de las disposiciones establecidas sobre la base del artículo 16 del TFUE.

El presente considerando se refiere a

Artículo 5: Prácticas de IA prohibidas

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Seguimos e interpretamos cada desarrollo relacionado con la Ley de Inteligencia Artificial de la UE a medida que ocurre.