AI Act LogoLey de Inteligencia Artificial

Recital 137

El cumplimiento de las obligaciones de transparencia para los sistemas de inteligencia artificial cubiertos por el presente Reglamento no debe interpretarse como una indicación de que el uso del sistema de inteligencia artificial o de sus resultados es legal en virtud del presente Reglamento o de otros actos legislativos de la Unión o de los Estados miembros, y debe entenderse sin perjuicio de otras obligaciones de transparencia para los implantadores de sistemas de inteligencia artificial establecidas en el Derecho de la Unión o nacional.

El presente considerando se refiere a

Artículo 50: Obligaciones de transparencia para proveedores e implantadores de determinados sistemas de IA

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Seguimos e interpretamos cada desarrollo relacionado con la Ley de Inteligencia Artificial de la UE a medida que ocurre.