AI Act LogoLey de Inteligencia Artificial

Recital 48

El alcance del impacto adverso causado por el sistema de IA sobre los derechos fundamentales protegidos por la Carta es de especial relevancia a la hora de clasificar un sistema de IA como de alto riesgo. Estos derechos incluyen el derecho a la dignidad humana, el respeto de la vida privada y familiar, la protección de datos personales, la libertad de expresión e información, la libertad de reunión y asociación, el derecho a la no discriminación, el derecho a la educación, la protección de los consumidores, los derechos de los trabajadores, los derechos de las personas con discapacidad, la igualdad de género, los derechos de propiedad intelectual, el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, el derecho de defensa y la presunción de inocencia, y el derecho a una buena administración. Además de estos derechos, es importante destacar el hecho de que los niños tienen derechos específicos consagrados en el artículo 24 de la Carta y en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, desarrollados en la Observación General nº 25 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño en lo que respecta al entorno digital, los cuales exigen que se tengan en cuenta las vulnerabilidades de los niños y que se les proporcione la protección y los cuidados necesarios para su bienestar. El derecho fundamental a un alto nivel de protección del medio ambiente consagrado en la Carta y aplicado en las políticas de la Unión también debe tenerse en cuenta al evaluar la gravedad del daño que puede causar un sistema de IA, incluso en relación con la salud y la seguridad de las personas.

El presente considerando se refiere a

Artículo 6: Normas de clasificación de los sistemas de IA de alto riesgo

Anexo III: Sistemas de IA de alto riesgo contemplados en el apartado 2 del artículo 6

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Seguimos e interpretamos cada desarrollo relacionado con la Ley de Inteligencia Artificial de la UE a medida que ocurre.