Recital 163
Con vistas a complementar los sistemas de gobernanza para los modelos de IA de propósito general, el panel científico debe apoyar las actividades de supervisión de la Oficina de IA y, en determinados casos, puede proporcionar alertas cualificadas a la Oficina de IA que desencadenen medidas de seguimiento, como investigaciones. Este debería ser el caso cuando el panel científico tenga motivos para sospechar que un modelo de IA de propósito general plantea un riesgo concreto e identificable a escala de la Unión. Además, este debe ser el caso cuando el panel científico tenga motivos para sospechar que un modelo de IA de propósito general cumple los criterios que llevarían a clasificarlo como modelo de IA de propósito general con riesgo sistémico. Para dotar al panel científico de la información necesaria para el desempeño de esas tareas, debe existir un mecanismo por el que el panel científico pueda solicitar a la Comisión que requiera documentación o información de un proveedor.
El presente considerando se refiere a
Artículo 90: Alertas de riesgos sistémicos por la Comisión técnica científica