Recital 138
La IA es una familia de tecnologías en rápido desarrollo que requiere una supervisión reglamentaria y un espacio seguro y controlado para la experimentación, garantizando al mismo tiempo una innovación responsable y la integración de salvaguardias adecuadas y medidas de mitigación de riesgos. Para garantizar un marco jurídico que promueva la innovación, esté preparado para el futuro y sea resistente a las perturbaciones, los Estados miembros deben velar por que sus autoridades nacionales competentes establezcan al menos un espacio aislado de regulación de la IA a nivel nacional para facilitar el desarrollo y la experimentación de sistemas innovadores de IA bajo una estricta supervisión reglamentaria antes de que estos sistemas se comercialicen o se pongan en servicio de otro modo. Los Estados miembros también podrían cumplir esta obligación participando en los espacios aislados reguladores ya existentes o estableciendo conjuntamente un espacio aislado con una o más autoridades competentes de los Estados miembros, en la medida en que esta participación proporcione un nivel equivalente de cobertura nacional para los Estados miembros participantes. Los espacios aislados de regulación de la IA pueden establecerse de forma física, digital o híbrida y pueden dar cabida tanto a productos físicos como digitales. Las autoridades encargadas de su creación también deben garantizar que los espacios aislados de regulación de la IA dispongan de los recursos adecuados para su funcionamiento, incluidos los recursos financieros y humanos.