Recital 43
La comercialización, la puesta en servicio con ese fin específico o el uso de sistemas de inteligencia artificial que creen o amplíen bases de datos de reconocimiento facial mediante el rastreo no selectivo de imágenes faciales de Internet o de grabaciones de CCTV deben prohibirse porque esa práctica aumenta la sensación de vigilancia masiva y puede dar lugar a graves violaciones de los derechos fundamentales, incluido el derecho a la intimidad.
